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Tus comentarios e inquietudes,son importantes para nosotros... (no publicaremos los Anónimos)

"Recuerden practicar la EMPATIA, pongámonos en el lugar del otro, no cuesta nada y seremos más sensibles a las necesidades de nuestros semejantes."

9/04/2007

Las Personas con discapacidad; están protegidas por:




Ley Nacional N° 22.431 Discapacidad
Ley Provincial N° 10.592 Discapacidad
Ley Nacional N° 24.314 Accesibilidad
Ley Nacional N° 23.592 Discriminación
Ley Nacional N° 25.858 Derecho Electoral
Ley Nacional N°19.279 Automotores para PcD
(Modificada por leyes 20.046, 22.499 y 24.183)
Ley Nacional N° 20.888 Previsión Social
Ley Nacional N° 24.241 Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones
Ley nacional N° 24.310 Ex-Combatientes - Pensión Graciable Vitalicia
Ley Nacional N° 23.413 Feniceltonuria
Ley Nacional N°25.643 Turismo
Ley Provincial N°12.569 Violencia Familiar
Ley Nacional N°23.661 Sistema Nac. de Seguro de Salud
Ley Nacional N° 24.901 Sist. de Prestac. Básicas en Habilitación y Rehabilitación
a favor de las PcD....

Si Ud. tiene interés en conocer más de cada una de las Leyes; envíe un email a
utradi-info@speedy.com.ar comentando su inquietud, y a vuelta de correo electrónico le enviamos dicha Ley.

2 comentarios:

isabel dijo...

por una vecina,una abogada m tramita pension por discapacidad desde el 2009 y se enojo por que le dije que iba a preguntar por otro lado.estoy mal,hasta con psicologa .que hago?

U.TRA.DI Secretaría dijo...

Isabel; comunicate en forma telefonica al 42409278 o por via mail utradi.org@gmail.com asi nos comentas bien lo que sucede y vemos que se puede hacer.
Lic Norma Draus - Secretaria